mércores, 3 de xullo de 2013

CHTXG. FEDERACIÓN DE COMERCIO, HOSTELERÍA E XOGO. INFORMACIÓNS.




                                             


                                                                            


NUEVO ACUERDO ZARA LOGÍSTICA Imprimir E-Mail
Escrito por Isabel Lema   
       

PUBLICADO EL ACUERDO REGULADOR DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO ZARA LOGÍSTICA, S.A. AÑOS 2008-2010


Publicamos el Acuerdo firmado ayer por todos los sindicatos del centro (UGT, CC.OO, CIG y CUT ), que regula las condiciones laborales del centro de Arteixo de Zara para los próximos 3 años.
El Acuerdo, que complementa lo establecido en el Convenio Colectivo Provincial de A Coruña para el Comercio Vario, entrará en vigor el día 1 de enero de 2008, teniendo una vigencia temporal de tres años, hasta el día 31 de diciembre de 2010 y será de aplicación a todo el personal de Zara Logística, S.A.
        
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Sentencia favorable sobre el descanso semanal en Grandes Almacenes Imprimir E-Mail
Escrito por Isabel Lema   
       
COMERCIO | ALCAMPO

UGT consigue la tercera sentencia favorable sobre el descanso semanal en Grandes Almacenes

La Audiencia Nacional confirma el derecho de los trabajadores de Alcampo a disfrutar el descanso semanal sin solapamientos
17/05/2007  
En el día de ayer, hemos conocido el fallo de la Audiencia Nacional sobre el conflicto colectivo interpuesto por UGT contra la Empresa Alcampo, por el incumplimiento del disfrute del descanso semanal que debe facilitar a sus trabajadores.
Tal y como ocurrió con las otras dos Empresas donde UGT planteó la misma demanda(Leroy & Merlin y Makro), los tribunales han estimado las peticiones de nuestro sindicato, ? Declarando el derecho de los trabajadores afectados a que el descanso semanal de día y medio sea real y efectivo, debiendo disfrutarse de acuerdo con el sistema que sea el pertinente, según los casos de los cuatro previstos en el artículo 32.10 del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes para los años 2006 a 2008, no pudiendo quedar neutralizado dicho descanso semanal mediante el método de solapar, computando dentro del día y medio del que queda compuesto, las doce horas de descanso diario, de manera tal que uno y otro descansos, siendo ambos reales y efectivos, se disfruten de manera diferenciada e independiente el uno del otro?.
Desde la Sección Sindical Estatal de UGT en Alcampo vemos positiva esta Sentencia, puesto que sigue confirmando que las Empresas de este Sector no están cumpliendo lo que marca el Estatuto de los Trabajadores ni el propio Convenio Colectivo de Grandes Almacenes, sobre el disfrute del descanso semanal.
Por parte de UGT seguiremos aportando, como hemos venido haciendo hasta ahora, propuestas viables y positivas, para conseguir un disfrute real y efectivo del Descanso Semanal y a la vez unos buenos horarios, sin alteraciones significativas.
 Enlaces y documentos relacionados:
 
Sentencia de la Audiencia Nacional
        
 
UGT gana en Alcampo una sentencia sobre reducción de jornada por guarda legal Imprimir E-Mail
Escrito por Isabel Lema   
       
COMERCIO | ALCAMPO

  

UGT gana en Alcampo una sentencia sobre reducción de jornada por guarda legal

       06/09/2007 
El pasado día 24 de Julio de 2007, se celebró el juicio correspondiente a la demanda interpuesta por la compañera de Alcampo del centro de Vallecas, tras la negativa de la empresa a la solicitud de reducir un octavo de su jornada (contrato a tiempo parcial de 90 h mensuales) y a la concreción horaria por cuidado de un menor de 8 años, con turno fijo de mañana de Lunes a Domingo.
A fecha 3 de Septiembre de 2007 ha sido dictada por el Juzgado de lo Social nº 19, una SENTENCIA FAVORABLE A LA TRABAJADORA, basándose en la emitida por el Tribunal Constitucional que en fecha 15 de Enero de 2007, daba la razón a otra trabajadora de Alcampo (del mismo centro de Vallecas), resaltando como fundamentos de derecho “que tras efectuar una exhaustiva y detallada valoración de la proyección que EL DERECHO A LA REDUCCIÓN DE JORNADA Y FIJACIÓN HORARIA PARA ATENCIÓN DE FAMILIARES tiene, IMPONE a los Jueces ordinarios en aras a GARANTIZAR LA TUTELA DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE SEXO consagrado en el artículo 14 de la CE, QUE A LA HORA DE ENJUICIAR Y RESOLVER sobre este derecho, no pueden limitarse a las consideraciones de estricta legalidad derivadas de la interpretación de la expresión “dentro de su jornada ordinaria” , sino que DEBEN PONDERAR LAS CIRCUNSTANCIAS CONCURRENTES, para hacer compatibles los intereses en juego…..LO QUE IMPLICA NO OLVIDAR LAS CIRCUNSTANCIAS PERSONALES DE LA TRABAJADORA Y SU ENTORNO…..”.
Asimismo, la titular del Juzgado de lo social nº 19 argumenta “…que en este caso HA DE PREVALECER EL DERECHO DE LA DEMANDANTE quedando suficientemente JUSTIFICADA LA NECESIDAD FAMILIAR EN TUTELA DEL DERECHO FUNDAMENTAL A LA NO DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE SEXO Y PROTECCIÓN A LA FAMILIA DE QUE ES TITULAR.” Debiendo subrayar, que en el caso de autos la numerosa plantilla de que dispone la empresa demandada con abundante cantidad de empleadas que desempeñan servicios de caja, permite a esta la reorganización del servicio en el horario de tarde, SIENDO de indudable MAYOR entidad EL PERJUICIO QUE SE CAUSARÍA A LA TRABAJADORA DE NO DAR LUGAR A SU PRETENSIÓN”.
Desde UGT VALORAMOS POSITIVAMENTE LA VALENTÍA DE L@S TRABAJADOR@S que se ven obligad@s a recurrir a los Tribunales para hacer prevalecer sus derechos laborales y constitucionales, ante las dificultades que estas grandes empresas ponen para facilitar la conciliación de la vida Familiar y Laboral.

Afortunadamente, con el ESFUERZO de est@s compañer@s y la SENSIBILIZACIÓN que algunos Jueces están teniendo con la necesidad de compatibilizar la vida Laboral con la Familiar, UGT tiene la ESPERANZA de que el derecho a acogerse a esta Ley en un futuro SEA UN HECHO para los trabajador@s de este país y seguirá LUCHANDO para conseguirlo.
 
 Enlaces y documentos relacionados:
 
Sentencia del Juzgado nº 19 de Madrid
Modificado o ( jueves, 29 de mayo de 2008 )
 
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La Ley de Horarios Comerciales regulará 37.000 establecimientos

El Parlamento Gallego aprobó por unanimidad la primera Ley autonómica que regulará los horarios comerciales en el país. La nueva norma -que ya contaba con amplio consenso en el sector- fue tramitada como proyecto de ley para que todos los grupos parlamentarios pudiesen participar de ella y de respuesta a las demandas reiteradas a lo largo de los años por el sector y la sociedad en general, dadas las singularidades de la estructura comercial de la comunidad.
El conselleiro de Innovación e Industria, Fernando Blanco, destacó en el Parlamento la importancia de este nuevo texto legal, que afecta a más de 145.000 trabajadores y a unos 37.000 establecimientos comerciales, y subrayó el consenso alcanzado entorno a ella, no sólo con los comerciantes sino también con los trabajadores del sector y con los consumidores primero y, ahora, en la Cámara Galega, con apoyo de todos los grupos parlamentarios y, por lo tanto, del conjunto de la sociedad.
El conselleiro nacionalista agradeció al sector y a las formaciones políticas el trabajo realizado a favor de esta norma e hizo hincapié en la tramitación como ley y no como decreto de la nueva regulación, lo que según dijo supone "un cambio sustancial" ya que abrió canales de participación para que todos, sector y grupos parlamentarios, realizaran a sus aportaciones que dieron lugar a la aprobación de una "buena ley".
El texto aprobado por el Parlamento no incorpora modificaciones significativas respecto al propuesto por la Consellería de Innovación e Industria manteniendo, después de las diferentes fases de tramitación, el cuerpo de medidas que se introducía de forma novedosa.
Modificado o ( jueves, 29 de mayo de 2008 )